La ley en Rhode Island hace referencia a la educación en el hogar en el estatuto R.I. Gen. Laws § 16-19-2. Para educar en casa bajo este estatuto necesita seguir estos lineamientos.
1. Presentar un aviso de intención y obtener aprobación para educar en casa.
Debe presentar un aviso de intención al comité de su escuela local en el distrito escolar en donde reside su hijo. El aviso (o carta) de intención debe incluir información que asegure que enseñará por el mismo número de días que la escuela pública, enseñará las materias nombradas a continuación y mantendrá un registro de asistencia. Un formulario para el aviso de intención está disponible para los miembros de HSLDA a continuación.
2. Proporcionar clases por el periodo requerido.
Debe darles clases a sus hijos el mismo número de días que se les enseña a los estudiantes de la escuela pública. En Rhode Island, esto equivale a 180 días de enseñanza durante su año escolar.
3. Enseñar las materias requeridas.
Debe proporcionar clases de lectura, redacción, geografía, aritmética, salud y educación física, así como historia de los Estados Unidos, historia de Rhode Island y principios del gobierno americano (colectivamente, educación cívica).
4. Mantener un registro de asistencia.
Debe llevar y mantener un registro de asistencia y ponerlo a disposición del comité escolar al finalizar su año escolar.
5. Revisar cualquier requisito adicional del distrito local.
Aparte de los requisitos generales mencionados, muchos comités escolares también han adoptado políticas locales de educación en el hogar, las cuales pudieran solicitar información adicional o incluir requisitos adicionales. Una vez que envíe su aviso de intención al comité de su escuela local, el comité debe contactarlo si desea que usted cumpla con otros requisitos que no sean los mencionados anteriormente.
Si está considerando mudarse a Rhode Island, se está mudando a un distrito escolar diferente en Rhode Island, o su comité escolar le pide que cumpla con requisitos diferentes a los mencionados anteriormente, HSLDA anima a sus miembros a que nos contacten para que podamos ayudarlo con su situación en particular.
Por favor tome nota: La información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe ser tomada como consejería legal específica para su situación individual.