Debe inscribir a su hijo en la escuela desde el día en que cumpla 6 años, hasta que cumpla 18 años.
Si su hijo aún no ha cumplido 18 años, pero tiene al menos 16 años de edad y ha completado al menos el octavo grado, puede recibir una exención parcial de la junta escolar local para ingresar a un empleo o asistir a una escuela vocacional.
Si su hijo aún no ha cumplido los 18 años, pero tiene al menos 16 años de edad, puede obtener una exención completa anual de su junta escolar local si su hijo ha completado el trabajo escolar requerido para graduarse de la escuela secundaria, o recibirá “influencias apropiadas y oportunidades de educación adecuadas” a través de su empleo.
HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en [STATE], hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).
En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.
Por favor tome nota:La información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe ser tomada como consejería legal específica para su situación individual.