El deber de obedecer la asistencia escolar obligatoria comienza de dos formas:
- Cuando un niño tiene 6 años de edad para el 1 de septiembre, debe empezar a cumplir con la asistencia obligatoria (p. ej. la educación en el hogar, escuela pública o escuela privada legítima.).
- Si un niño está matriculado en el kínder de la escuela pública, se hace sujeto a la asistencia obligatoria. Esta termina si el niño es retirado formalmente, suponiendo que el niño no ha cumplido los 6 años de edad para el 1 de septiembre, de acuerdo con la política del Pennsylvania Department of Education.
Para determinar si un niño está sujeto a la asistencia escolar obligatoria, el uso de la fecha límite del 1 de septiembre es apoyado por la indicación oficial de la asistencia obligatoria del Departamento de Educación de Pennsylvania. Así que, si un niño cumple seis (6) años después del 1 de septiembre, usted puede esperar hasta el próximo año para presentar un afidávit de la educación en casa.
La asistencia escolar obligatoria acaba cuando el niño cumpla 18 años. Se acaba antes si el niño recibe un “certificado de graduación de una escuela secundaria acreditada, licenciada, registrada o aprobada regularmente.” Un diploma otorgado por el supervisor del programa de educación en el hogar o una organización aprobada por el estado para otorgar diplomas harían exento al niño, suponiendo que fue otorgado en cumplimiento con la ley 24 Pennsylvania Statutes §13.1327.1(d.1)(1).
HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, aun si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir cumpliendo con los requisitos legales de la educación en el hogar en Pennsylvania, hasta que su hijo se gradúe (requisitos como presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros etc.).
En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.
Por favor tome nota: La información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe ser tomada como consejería legal específica para su situación individual.