Estatus legal
Existen mecanismos reconocidos en la legislación vigente que permiten la validación de aprendizaje adquirido fuera de la educación formal. Dado que no existe una ley que establezca lo contrario, concluimos que la educación en el hogar es una opción viable en El Salvador.
El artículo 11 de la Ley General de Educación (Decreto No. 917) establece que los niveles de educación formal estarán disponibles para todos aquellos que vengan de la educación no formal e informal, con el único requisito de pasar por un proceso evaluativo.
Asimismo, el artículo 63 estipula que «toda persona con autoformación tiene derecho a solicitar al Ministerio de Educación las pruebas de suficiencia que le acredite la incorporación a los diferentes niveles del sistema educativo».
La ley también hace referencia al derecho de los padres a elegir el tipo de educación de sus hijos:
Los padres y madres de familia tienen responsabilidad en la formación del educando, tendrán derecho de exigir la educación gratuita que prescribe la Ley y a escoger la educación de sus hijos. El Ministerio de Educación procurará que los padres y madres de familia, los representantes de la comunidad y el personal docente interactúen positivamente en dicha formación.
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