En Florida, hay tres opciones bajo las cuales puede legalmente educar en casa. Después de elegir la opción que desea utilizar, siga los pasos que se detallan debajo de cada una.

Aquí están las opciones:

Opción 1: Educación en el hogar bajo el estatuto de educación en el hogar

A. Presente una aviso de su intención de educar en el hogar.

Dentro de los primeros 30 días de haber iniciado su programa de educación en casa, debe presentar un aviso de intención de establecer un programa de educación en el hogar con el superintendente del condado. No es necesario presentarlo todos los años. Este aviso debe incluir los nombres legales completos, las direcciones y las fechas de nacimiento de sus estudiantes educados en casa. Los miembros de HSLDA pueden usar nuestro formulario de aviso de intención diseñado por nuestro equipo legal.

La ley estatal requiere que el superintendente acepte el aviso y registre inmediatamente el programa de educación en el hogar. El distrito escolar no puede requerir ninguna información adicional a menos que el estudiante decida participar en un programa o servicio de una escuela pública. No se puede asignar un nivel de grado ni registrar un número de Seguro Social (u otra información personal del estudiante) en ninguna base de datos estatal o del distrito, a menos que el estudiante decida participar en ese programa o servicio de la escuela pública.

B. Mantenga un portafolio

Durante todo el año, debe mantener un portafolio de registros y materiales. El portafolio debe contener:

  • un registro de actividades educativas realizadas junto con la instrucción y una lista de los títulos de cualquier material de lectura utilizado; y
  • muestras de trabajos escritos, hojas de ejercicios, cuadernos de trabajo, materiales creativos y demás registros y materiales utilizados o desarrollados por el estudiante.

Debe conservar este portafolio durante dos años después de completarlo. El superintendente escolar del distrito o su representante puede revisar su portafolio únicamente después de 15 días de recibir una notificación por escrito, pero no están obligados a hacerlo.  

C. Evalúe a su estudiante anualmente

Cada año, su estudiante debe ser evaluado conforme a una de las siguientes opciones:

  • una evaluación del progreso educativo por un maestro con una certificación de enseñanza regular y válida de Florida, seleccionado por el padre (la evaluación debe incluir la revisión del portafolio y una conversación con el estudiante);
  • cualquier prueba de evaluación estatal para estudiantes utilizada por el distrito escolar y administrada por un maestro certificado, en un lugar y bajo las condiciones de evaluación aprobadas por el distrito escolar;
  • una evaluación por un psicólogo con licencia de Florida o un psicólogo escolar; o
  • «con cualquier otro instrumento de evaluación válido según lo acordado mutuamente».

Una muestra del formulario de evaluación está disponible para nuestros miembros aquí.

D. Presente un aviso de terminación

Cuando su estudiante complete su programa de educación en el hogar o su familia se mude de condado, debe enviar un aviso de terminación al superintendente de las escuelas del condado dentro de los 30 días posteriores a la finalización del programa.

Cuando su hijo se gradúe de la escuela secundaria, deberá presentar una copia de su evaluación anual final junto con el aviso de terminación. Si comienza a educar en el hogar en un condado distinto (en Florida), deberá enviar un nuevo aviso de intención. Si bien no debería ser necesaria una evaluación al mudarse de condado a mitad del año escolar, se sugiere proporcionar la evaluación anual si la mudanza ocurre cerca de la fecha de aniversario de su educación en casa.

Un ejemplo de aviso de terminación está disponible para nuestros miembros aquí

Opción 2: Educación en el hogar bajo un programa «sombrilla» de escuela privada

Puede inscribir a su hijo en una escuela privada registrada en el Departamento de Educación de Florida que supervise su programa de educación en el hogar. Dichas escuelas suelen llamarse escuelas «sombrilla» o «de cobertura» porque ellas supervisan su programa de educación en casa, no los funcionarios escolares locales.

Como padre, es su responsabilidad asegurarse de que la escuela en la que inscriba a su estudiante cumpla con todos los requisitos establecidos por el estado de Florida para las escuelas privadas. Puede ver el Directorio de Escuelas Privadas de Florida en el sitio web del Departamento de Educación de Florida

Opción 3: Educación en el hogar con un tutor privado

A. Seleccione un tutor privado para enseñar a su hijo.

El instructor de su hijo debe tener un certificado válido de Florida para enseñar las materias o grados por impartir. 

B. Mantenga registros.

El maestro certificado que eduque a su hijo debe mantener registros y presentar informes según las exigencias de los consejos escolares del estado y del distrito, conforme a los Florida Statutes 1003.23

C. Proporcione los días requeridos de instrucción.

Los estudiantes deben asistir a la instrucción por 180 días (o su equivalente por hora). 

 


Requisitos legales para los años de secundaria: 

En este video, Tj Schmidt, abogado de HSLDA, explica cómo cumplir exitosamente con los requisitos legales para educar a su estudiante de secundaria en casa en Florida. ¡Le recomendamos ver este video para obtener información valiosa y enriquecer la educación de su hijo adolescente en el hogar!