Edad de educación obligatoria
De los 6 a los 17 años
Estatus legal
El artículo 68 de la Constitución uruguaya establece que todo padre tiene el derecho de elegir a los maestros o escuelas que desee para la educación de sus hijos. En el 2009, el artículo 7 de la Ley General de Educación (LGE) puso en duda si era posible la «educación en el hogar» en Uruguay, ya que establecía que «los padres, madres o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje».
Sin embargo, en 2020, se modificó el artículo 7 para hacer de la educación en casa una opción viable:
Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la educación media. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad, tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la Constitución de la República y las previsiones de la presente ley.
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Eloísa Troya
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