Si está educando en el hogar a un niño con necesidades educativas especiales, debe seguir las reglamentaciones de educación en el hogar de su estado. No hay requisitos adicionales para la educación en el hogar de niños con necesidades educativas especiales.
Conforme a la ley NRS 392.072, a los estudiantes en el hogar se les otorgará acceso a los servicios de necesidades especiales en la misma medida que a los estudiantes de escuelas privadas.
NRS 392.072
- La junta directiva de cada distrito escolar proporcionará programas de educación especial y servicios relacionados para niños educados en el hogar. Los programas de educación especial y servicios relacionados requeridos por esta sección deben estar disponibles:
- Solo si un niño fuese elegible para participar en programas de educación especial y servicios relacionados conforme a NRS 388.417- 388.469 o NRS 388.5251-388.5267;
- De la misma manera que la junta directiva permite, según lo requerido por 20 U.S.C. § 1412, la participación voluntaria de alumnos con discapacidades que están matriculados en escuelas privadas dentro del distrito escolar por sus padres o tutores legales; y
- De acuerdo con los mismos requisitos establecidos en 20 U.S.C. § 1412 que se relacionan con la participación voluntaria de alumnos con discapacidades dentro del distrito escolar que están matriculados en escuelas privadas por sus padres o tutores legales.
- Los programas de educación especial y servicios relacionados requeridos por el inciso 1 pueden ser ofrecidos en una escuela pública o en otro lugar apropiado.
- La junta directiva de un distrito escolar puede, antes de proporcionar programas de educación especial y servicios relacionados a un niño educado en el hogar de conformidad con el inciso 1, requerir prueba de la identidad del niño, incluyendo, sin limitación, el certificado de nacimiento del niño u otra documentación suficiente para establecer la identidad del niño.
- El Departamento adoptará las regulaciones necesarias para que las juntas directivas de los distritos escolares proporcionen los programas de educación especial y servicios relacionados requeridos por el inciso 1.
- Según se utiliza en esta sección, «servicios relacionados» tiene el significado atribuido en 20 U.S.C. § 1401.
Ya que los estudiantes educados en casa tienen el mismo acceso a los servicios de necesidades especiales que los estudiantes de escuelas públicas conforme a la ley de Nevada, su hijo educado en casa puede ser elegible para servicios financiados por el programa federal IDEA y el gobierno.
Nota: a medida que decida qué tipo de servicios de necesidades educativas especiales y terapias mejor satisfacen las necesidades de su hijo, queremos que sepa que las Becas de Currículo de HSLDA Compassion están disponibles para ayudar con servicios de diagnóstico, terapia, currículo u otros materiales educativos.
Por favor tome nota: la información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe considerarse asesoría legal específica para su situación individual.