Edad de educación obligatoria
Los estudios de preescolar, primaria y secundaria son obligatorios.
Estatus legal
La educación en casa no es reconocida en Costa Rica. Todos los menores de edad, nacionales o extranjeros, deben asistir a una institución educativa autorizada por el Ministerio de Educación Pública, lo cual incluye a escuelas públicas o privadas.
El Ministerio de Educación Pública define los lineamientos y procedimientos para el reconocimiento de títulos de educación primaria y secundaria en la Circular- DM-036-09-2017. Si el título fue obtenido en los Estados Unidos de América, el interesado deberá presentar (además de los requisitos anteriores) una certificación emitida por la Asesoría Educacional del Centro Cultural Costarricense Norteamericano, en la que se indicará la acreditación por parte de las autoridades estadounidenses del centro educativo en el que el estudiante realizó sus estudios. No es posible obtener una equivalencia a un título de bachillerato de instituciones educativas extranjeras, no acreditadas por el Ministerio de Educación Pública costarricense, si el título fue adquirido por el estudiante al cursar sus estudios en Costa Rica bajo las modalidades de educación en línea, educación en el hogar u otra modalidad similar.
Información de contacto
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