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Edad de educación obligatoria

De 6 a 12 años.

Número de familias educando en casa

Desconocido.

Estatus legal

Conforme al artículo 152 de la Constitución de Honduras, «los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrán de darle a sus hijos». El Artículo 156 de la misma dice que «los niveles de la educación formal serán determinados en la ley respectiva, excepto el nivel superior que corresponde a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras».