Los niños deben asistir a la escuela o cumplir con las leyes de educación en el hogar a partir del año escolar en el que cumplen 6 años en o antes del 1 de diciembre. Deben permanecer en la escuela hasta el último día de la sesión en el año escolar en el que cumplen 16 años o hasta que se gradúen de la escuela secundaria.
Sin embargo, cualquier junta educativa local puede votar para aumentar la edad de asistencia obligatoria en su distrito escolar de 16 a 17 años para los menores que no están empleados.
Algunos distritos escolares han reducido la edad de asistencia obligatoria a 5 años para los niños que cumplen 5 años en o antes del 1 de diciembre. Sin embargo, esto solo se aplica si matricula a su hijo en la escuela pública. Cualquier padre puede esperar hasta que su hijo cumpla 6 años antes del 1 de diciembre para matricularlo en la escuela.
HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en New York, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).
En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.
Por favor tome nota: La información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe ser tomada como consejería legal específica para su situación individual.