Si está educando en el hogar a un niño con necesidades especiales, debe seguir las reglamentaciones de educación en el hogar de su estado. No hay requisitos adicionales para la educación en el hogar de niños con necesidades especiales.
Los estudiantes de educación en el hogar son elegibles para servicios de pruebas y evaluación en centros de diagnóstico y recursos, de acuerdo con los Florida Statutes § 1006.03. Vea Florida Statutes § 1002.41(9).
Sin embargo, una vez que se realiza una evaluación y el niño ha sido identificado con discapacidad, la ley estatal no obliga al distrito escolar local a proporcionar servicios. Si el niño está matriculado a tiempo completo, el distrito estará obligado a proporcionar una educación pública apropiada y gratuita (FAPE) al niño. Además, el distrito escolar puede decidir matricular al niño como estudiante a tiempo parcial para los servicios prestados en la escuela pública. Esto permitiría al distrito escolar obtener fondos estatales a través del Florida Education Funding Program (FEEP, por sus siglas en ingles).
Florida también tiene una disposición de escuela privada. Si los educadores en el hogar operan bajo escuelas privadas, son elegibles para recibir servicios especiales. Sin embargo, los servicios disponibles para estudiantes de escuelas privadas pueden ser inferiores a los que se brindan a los estudiantes de escuelas públicas. Bajo las leyes estatales y federales, un estudiante de escuela privada no tiene derecho a todos los derechos de un estudiante de escuela pública cuando se trata de servicios de educación especial. Para obtener más información, vea Florida Department of Education FAQs.
Nota: A medida que decida qué tipo de servicios de necesidades especiales y terapias mejor satisfacen las necesidades de su hijo, queremos que sepa que las Becas Compassion Curriculum de HSLDA están disponibles para ayudar con servicios de diagnóstico, terapia, currículo de estudio u otros materiales educativos.
Por favor tome nota: La información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe ser tomada como consejería legal específica para su situación individual.