Edad de educación obligatoria
De los 6 a los 17 años
Estatus legal
Conforme al artículo 76 de la Constitución, la educación escolar básica es obligatoria. En cuanto a la educación secundaria, el Estado solo está obligado a promoverla.
De igual forma, los artículos 29 y 32 de la Ley General de Educación hacen referencia a la obligatoriedad de la educación escolar básica, incluyendo preescolar.
Asimismo, el artículo 14 de dicha ley establece que la familia constituye el ámbito natural de la educación de los hijos; y el artículo 129 reconoce el derecho de los padres a ser los agentes naturales y primarios de su educación, así como su derecho a «elegir para sus hijos o menores bajo su tutela la institución educativa cuya orientación responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas».
Finalmente, en relación con las obligaciones de los padres, el artículo 130 (entre otros) establece que los hijos o menores bajo su tutela deben recibir educación escolar básica obligatoria.
El texto anterior (con un poco de edición) ha sido extraído directamente del OLASE (Observatorio Latinoamericano de Aprendizajes sin Escuelas).