Edad de educación obligatoria
De los 7 a los 14 años.
Estatus legal
La educación en el hogar es poco común entre los nicaragüenses. La Constitución nicaragüense (1987) y la Ley General de Educación No. 582 (2006) rigen la educación y no especifican la asistencia obligatoria a la escuela. A pesar de que la Constitución establece, en su artículo 121, que «la educación básica es... obligatoria», la experiencia práctica sugiere que hay poca observancia de la educación básica conforme a asistencia a la escuela.
El texto anterior (con pequeños cambios) ha sido extraído directamente del OLASE (Observatorio Latinoamericano de Aprendizajes sin Escuelas).