Colorado
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La ley de la educación en casa de Colorado en un vistazo

  • Opciones para la educación en casa:  Tres
  • Educación obligatoria para las edades:  6–17
  • Notificación requerida:  
  • Requisitos para enseñar:  No, excepto la Opción 3
  • Materias obligatorias del estado:  
  • Requisitos de evaluación:  
  • Requisitos de inmunización:  
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  • No requiere aviso, reglamentación baja
  • Reglamentación baja
  • Reglamentación moderada
  • Reglamentación alta

Cómo educar en casa en Colorado

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Cómo cumplir con las leyes de educación en el hogar en New Hampshire

Pasos sencillos a seguir

La ley de New Hampshire establece: “El tribunal general reconoce... que es el derecho primario y la obligación de un padre elegir la alternativa educativa apropiada para un niño bajo su cuidado y supervisión, según lo dispuesto por la ley... El tribunal general reconoce además que la educación en el hogar es más individualizada que la instrucción que normalmente se brinda en el aula” (N.H. Rev. State. Ann. § 193-A).

La Corte Suprema de New Hampshire ha reafirmado el derecho fundamental a la educación en el hogar: “Por lo tanto, aunque el Estado puede adoptar una política que exija que los niños sean educados, no tiene el poder ilimitado de exigir que se eduquen de cierta manera o lugar... La educación en el hogar es una tradición y derecho estadounidense perdurable... Por lo tanto, los requisitos de aprobación para la educación escolar no pública no pueden innecesariamente interferir con los derechos tradicionales de los padres”. (Appeal of Pierce, 451 A.2d 363 [1982]).

Las siguientes pautas lo ayudarán a la educación en el hogar en conformidad con la ley estatal.

Los miembros de HSLDA con preguntas adicionales pueden consultar nuestra hoja de preguntas frecuentes sobre la ley de educación en el hogar de New Hampshire adjunta a continuación o comunicarse con nosotros.

1. Proporcione notificación apropiada a las autoridades. 

Se requiere que los padres presenten un aviso inicial con una “agencia participante” en las siguientes situaciones:

  • dentro de los cinco días de comenzar un programa de educación en el hogar o
  • al mudarse a un nuevo distrito escolar y cambiar de agencia participante.

El aviso debe incluir los nombres, direcciones y fechas de nacimiento de los niños siendo educados en el hogar. Un ejemplo del aviso de intención está disponible para los miembros a continuación.

Una “agencia participante” puede ser el comisionado de educación, el superintendente del distrito escolar público o el director de una escuela no pública. HSLDA no recomienda que las familias educando en el hogar elijan al comisionado de educación como su agencia participante. En lugar del comisionado, alentamos a las familias a elegir al director de una escuela no pública. Una lista de escuelas privadas que sirven como agencias participantes para educadores en el hogar está disponible aquí.

Si finaliza un programa de educación en el hogar, debe proporcionar un aviso de finalización por escrito y presentarlo ante el comisionado de educación y (en adición) el superintendente de distrito residente o el director de la escuela no pública, el que sirva como la agencia participante, dentro de los 15 días.

2. Enseñe las materias requeridas. 

La ley exige que los programas de educación en el hogar enseñen estas materias: 

  • Ciencias
  • Matemáticas
  • Idioma
  • Gobierno
  • Historia
  • Salud
  • Lectura
  • Escritura
  • Ortografía
  • La historia de las constituciones de New Hampshire y los Estados Unidos y
  • Una exposición y apreciación del arte y la música.

3. Mantenga buenos registros. 

La ley requiere que un padre que eduque en el hogar mantenga un portafolio de registros y materiales relacionados con el programa de educación en el hogar, compuesto por un registro de los materiales de lectura utilizados y muestras de escritos, hojas de trabajo, libros de trabajo o materiales creativos utilizados o producidos por el niño. Se espera que el padre retenga el portafolio por dos años.

4. Evalúe a su hijo anualmente. 

La ley requiere que los padres evalúen anualmente a los estudiantes en su programa de educación en el hogar. Los padres pueden satisfacer el requisito de evaluación con:

  • una evaluación escrita del progreso educativo realizada por un maestro certificado o un maestro de escuela no pública seleccionado por el padre, preparado después de revisar el portafolio del estudiante y discutirlo con el padre o niño o
  • los resultados de cualquier prueba nacional de rendimiento estudiantil administrada por una persona que cumpla con los requisitos del proveedor o editor, con una calificación compuesta igual o superior al percentil 40 o
  • los resultados de la prueba estatal de evaluación estudiantil utilizada por el distrito residente, con un puntaje compuesto igual o superior al percentil 40 o
  • una evaluación utilizando cualquier otra herramienta de medición válida acordada mutuamente por el padre y la agencia participante. 

Esto es lo que debe hacer con los resultados de la evaluación: 

Los resultados de la evaluación son guardados por los padres y no se envían a la agencia participante. La ley establece que los resultados de la evaluación pueden usarse para demostrar el dominio académico de un niño para participar en programas de escuelas públicas, pero no deben usarse como base para terminar un programa de educación en el hogar y deben proporcionar una base para una relación constructiva entre el padre y el evaluador.

5. Notifique al departamento de educación si gradúa a su estudiante antes de los 18 años. 

La ley reconoce que los padres pueden eximir a un niño menor de 18 años de la asistencia obligatoria si él o ella ha completado un programa de educación en el hogar a nivel de escuela secundaria. La ley permite a los padres “documentar la finalización de un programa de educación en el hogar al nivel de la escuela secundaria mediante la presentación de un certificado o una carta al departamento de educación”. Los miembros de HSLDA pueden usar la carta modelo provista a continuación.

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Carta de compleción de la educación en el hogar dirigida al comisionado en New Hampshire

Envíe un mensaje de texto para recibir una carta donde para avisarle al Comisionado de Educación de New Hampshire que su hijo ha completado su programa de educación en el hogar.

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Aviso de intención para la educación en el hogar en New Hampshire

Llene este aviso y envíelo por correo como un “CERTIFIED MAIL/RETURN RECEIPT REQUESTED” a su superintendente local, O al director de una escuela no pública de New Hampshire, O al Comisionado de Educación de New Hampshire.

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Cómo cumplir con las leyes de educación en el hogar en New Hampshire

Pasos sencillos a seguir

La ley de New Hampshire establece: “El tribunal general reconoce... que es el derecho primario y la obligación de un padre elegir la alternativa educativa apropiada para un niño bajo su cuidado y supervisión, según lo dispuesto por la ley... El tribunal general reconoce además que la educación en el hogar es más individualizada que la instrucción que normalmente se brinda en el aula” (N.H. Rev. State. Ann. § 193-A).

La Corte Suprema de New Hampshire ha reafirmado el derecho fundamental a la educación en el hogar: “Por lo tanto, aunque el Estado puede adoptar una política que exija que los niños sean educados, no tiene el poder ilimitado de exigir que se eduquen de cierta manera o lugar... La educación en el hogar es una tradición y derecho estadounidense perdurable... Por lo tanto, los requisitos de aprobación para la educación escolar no pública no pueden innecesariamente interferir con los derechos tradicionales de los padres”. (Appeal of Pierce, 451 A.2d 363 [1982]).

Las siguientes pautas lo ayudarán a la educación en el hogar en conformidad con la ley estatal.

Los miembros de HSLDA con preguntas adicionales pueden consultar nuestra hoja de preguntas frecuentes sobre la ley de educación en el hogar de New Hampshire adjunta a continuación o comunicarse con nosotros.

1. Proporcione notificación apropiada a las autoridades. 

Se requiere que los padres presenten un aviso inicial con una “agencia participante” en las siguientes situaciones:

  • dentro de los cinco días de comenzar un programa de educación en el hogar o
  • al mudarse a un nuevo distrito escolar y cambiar de agencia participante.

El aviso debe incluir los nombres, direcciones y fechas de nacimiento de los niños siendo educados en el hogar. Un ejemplo del aviso de intención está disponible para los miembros a continuación.

Una “agencia participante” puede ser el comisionado de educación, el superintendente del distrito escolar público o el director de una escuela no pública. HSLDA no recomienda que las familias educando en el hogar elijan al comisionado de educación como su agencia participante. En lugar del comisionado, alentamos a las familias a elegir al director de una escuela no pública. Una lista de escuelas privadas que sirven como agencias participantes para educadores en el hogar está disponible aquí.

Si finaliza un programa de educación en el hogar, debe proporcionar un aviso de finalización por escrito y presentarlo ante el comisionado de educación y (en adición) el superintendente de distrito residente o el director de la escuela no pública, el que sirva como la agencia participante, dentro de los 15 días.

2. Enseñe las materias requeridas. 

La ley exige que los programas de educación en el hogar enseñen estas materias: 

  • Ciencias
  • Matemáticas
  • Idioma
  • Gobierno
  • Historia
  • Salud
  • Lectura
  • Escritura
  • Ortografía
  • La historia de las constituciones de New Hampshire y los Estados Unidos y
  • Una exposición y apreciación del arte y la música.

3. Mantenga buenos registros. 

La ley requiere que un padre que eduque en el hogar mantenga un portafolio de registros y materiales relacionados con el programa de educación en el hogar, compuesto por un registro de los materiales de lectura utilizados y muestras de escritos, hojas de trabajo, libros de trabajo o materiales creativos utilizados o producidos por el niño. Se espera que el padre retenga el portafolio por dos años.

4. Evalúe a su hijo anualmente. 

La ley requiere que los padres evalúen anualmente a los estudiantes en su programa de educación en el hogar. Los padres pueden satisfacer el requisito de evaluación con:

  • una evaluación escrita del progreso educativo realizada por un maestro certificado o un maestro de escuela no pública seleccionado por el padre, preparado después de revisar el portafolio del estudiante y discutirlo con el padre o niño o
  • los resultados de cualquier prueba nacional de rendimiento estudiantil administrada por una persona que cumpla con los requisitos del proveedor o editor, con una calificación compuesta igual o superior al percentil 40 o
  • los resultados de la prueba estatal de evaluación estudiantil utilizada por el distrito residente, con un puntaje compuesto igual o superior al percentil 40 o
  • una evaluación utilizando cualquier otra herramienta de medición válida acordada mutuamente por el padre y la agencia participante. 

Esto es lo que debe hacer con los resultados de la evaluación: 

Los resultados de la evaluación son guardados por los padres y no se envían a la agencia participante. La ley establece que los resultados de la evaluación pueden usarse para demostrar el dominio académico de un niño para participar en programas de escuelas públicas, pero no deben usarse como base para terminar un programa de educación en el hogar y deben proporcionar una base para una relación constructiva entre el padre y el evaluador.

5. Notifique al departamento de educación si gradúa a su estudiante antes de los 18 años. 

La ley reconoce que los padres pueden eximir a un niño menor de 18 años de la asistencia obligatoria si él o ella ha completado un programa de educación en el hogar a nivel de escuela secundaria. La ley permite a los padres “documentar la finalización de un programa de educación en el hogar al nivel de la escuela secundaria mediante la presentación de un certificado o una carta al departamento de educación”. Los miembros de HSLDA pueden usar la carta modelo provista a continuación.

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Carta de compleción de la educación en el hogar dirigida al comisionado en New Hampshire

Envíe un mensaje de texto para recibir una carta donde para avisarle al Comisionado de Educación de New Hampshire que su hijo ha completado su programa de educación en el hogar.

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Aviso de intención para la educación en el hogar en New Hampshire

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Recursos para miembros de Colorado

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Cómo cumplir con las leyes de educación en el hogar en New Hampshire

Pasos sencillos a seguir

La ley de New Hampshire establece: “El tribunal general reconoce... que es el derecho primario y la obligación de un padre elegir la alternativa educativa apropiada para un niño bajo su cuidado y supervisión, según lo dispuesto por la ley... El tribunal general reconoce además que la educación en el hogar es más individualizada que la instrucción que normalmente se brinda en el aula” (N.H. Rev. State. Ann. § 193-A).

La Corte Suprema de New Hampshire ha reafirmado el derecho fundamental a la educación en el hogar: “Por lo tanto, aunque el Estado puede adoptar una política que exija que los niños sean educados, no tiene el poder ilimitado de exigir que se eduquen de cierta manera o lugar... La educación en el hogar es una tradición y derecho estadounidense perdurable... Por lo tanto, los requisitos de aprobación para la educación escolar no pública no pueden innecesariamente interferir con los derechos tradicionales de los padres”. (Appeal of Pierce, 451 A.2d 363 [1982]).

Las siguientes pautas lo ayudarán a la educación en el hogar en conformidad con la ley estatal.

Los miembros de HSLDA con preguntas adicionales pueden consultar nuestra hoja de preguntas frecuentes sobre la ley de educación en el hogar de New Hampshire adjunta a continuación o comunicarse con nosotros.

1. Proporcione notificación apropiada a las autoridades. 

Se requiere que los padres presenten un aviso inicial con una “agencia participante” en las siguientes situaciones:

  • dentro de los cinco días de comenzar un programa de educación en el hogar o
  • al mudarse a un nuevo distrito escolar y cambiar de agencia participante.

El aviso debe incluir los nombres, direcciones y fechas de nacimiento de los niños siendo educados en el hogar. Un ejemplo del aviso de intención está disponible para los miembros a continuación.

Una “agencia participante” puede ser el comisionado de educación, el superintendente del distrito escolar público o el director de una escuela no pública. HSLDA no recomienda que las familias educando en el hogar elijan al comisionado de educación como su agencia participante. En lugar del comisionado, alentamos a las familias a elegir al director de una escuela no pública. Una lista de escuelas privadas que sirven como agencias participantes para educadores en el hogar está disponible aquí.

Si finaliza un programa de educación en el hogar, debe proporcionar un aviso de finalización por escrito y presentarlo ante el comisionado de educación y (en adición) el superintendente de distrito residente o el director de la escuela no pública, el que sirva como la agencia participante, dentro de los 15 días.

2. Enseñe las materias requeridas. 

La ley exige que los programas de educación en el hogar enseñen estas materias: 

  • Ciencias
  • Matemáticas
  • Idioma
  • Gobierno
  • Historia
  • Salud
  • Lectura
  • Escritura
  • Ortografía
  • La historia de las constituciones de New Hampshire y los Estados Unidos y
  • Una exposición y apreciación del arte y la música.

3. Mantenga buenos registros. 

La ley requiere que un padre que eduque en el hogar mantenga un portafolio de registros y materiales relacionados con el programa de educación en el hogar, compuesto por un registro de los materiales de lectura utilizados y muestras de escritos, hojas de trabajo, libros de trabajo o materiales creativos utilizados o producidos por el niño. Se espera que el padre retenga el portafolio por dos años.

4. Evalúe a su hijo anualmente. 

La ley requiere que los padres evalúen anualmente a los estudiantes en su programa de educación en el hogar. Los padres pueden satisfacer el requisito de evaluación con:

  • una evaluación escrita del progreso educativo realizada por un maestro certificado o un maestro de escuela no pública seleccionado por el padre, preparado después de revisar el portafolio del estudiante y discutirlo con el padre o niño o
  • los resultados de cualquier prueba nacional de rendimiento estudiantil administrada por una persona que cumpla con los requisitos del proveedor o editor, con una calificación compuesta igual o superior al percentil 40 o
  • los resultados de la prueba estatal de evaluación estudiantil utilizada por el distrito residente, con un puntaje compuesto igual o superior al percentil 40 o
  • una evaluación utilizando cualquier otra herramienta de medición válida acordada mutuamente por el padre y la agencia participante. 

Esto es lo que debe hacer con los resultados de la evaluación: 

Los resultados de la evaluación son guardados por los padres y no se envían a la agencia participante. La ley establece que los resultados de la evaluación pueden usarse para demostrar el dominio académico de un niño para participar en programas de escuelas públicas, pero no deben usarse como base para terminar un programa de educación en el hogar y deben proporcionar una base para una relación constructiva entre el padre y el evaluador.

5. Notifique al departamento de educación si gradúa a su estudiante antes de los 18 años. 

La ley reconoce que los padres pueden eximir a un niño menor de 18 años de la asistencia obligatoria si él o ella ha completado un programa de educación en el hogar a nivel de escuela secundaria. La ley permite a los padres “documentar la finalización de un programa de educación en el hogar al nivel de la escuela secundaria mediante la presentación de un certificado o una carta al departamento de educación”. Los miembros de HSLDA pueden usar la carta modelo provista a continuación.

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Carta de compleción de la educación en el hogar dirigida al comisionado en New Hampshire

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Cómo cumplir con las leyes de educación en el hogar en New Hampshire

Pasos sencillos a seguir

La ley de New Hampshire establece: “El tribunal general reconoce... que es el derecho primario y la obligación de un padre elegir la alternativa educativa apropiada para un niño bajo su cuidado y supervisión, según lo dispuesto por la ley... El tribunal general reconoce además que la educación en el hogar es más individualizada que la instrucción que normalmente se brinda en el aula” (N.H. Rev. State. Ann. § 193-A).

La Corte Suprema de New Hampshire ha reafirmado el derecho fundamental a la educación en el hogar: “Por lo tanto, aunque el Estado puede adoptar una política que exija que los niños sean educados, no tiene el poder ilimitado de exigir que se eduquen de cierta manera o lugar... La educación en el hogar es una tradición y derecho estadounidense perdurable... Por lo tanto, los requisitos de aprobación para la educación escolar no pública no pueden innecesariamente interferir con los derechos tradicionales de los padres”. (Appeal of Pierce, 451 A.2d 363 [1982]).

Las siguientes pautas lo ayudarán a la educación en el hogar en conformidad con la ley estatal.

Los miembros de HSLDA con preguntas adicionales pueden consultar nuestra hoja de preguntas frecuentes sobre la ley de educación en el hogar de New Hampshire adjunta a continuación o comunicarse con nosotros.

1. Proporcione notificación apropiada a las autoridades. 

Se requiere que los padres presenten un aviso inicial con una “agencia participante” en las siguientes situaciones:

  • dentro de los cinco días de comenzar un programa de educación en el hogar o
  • al mudarse a un nuevo distrito escolar y cambiar de agencia participante.

El aviso debe incluir los nombres, direcciones y fechas de nacimiento de los niños siendo educados en el hogar. Un ejemplo del aviso de intención está disponible para los miembros a continuación.

Una “agencia participante” puede ser el comisionado de educación, el superintendente del distrito escolar público o el director de una escuela no pública. HSLDA no recomienda que las familias educando en el hogar elijan al comisionado de educación como su agencia participante. En lugar del comisionado, alentamos a las familias a elegir al director de una escuela no pública. Una lista de escuelas privadas que sirven como agencias participantes para educadores en el hogar está disponible aquí.

Si finaliza un programa de educación en el hogar, debe proporcionar un aviso de finalización por escrito y presentarlo ante el comisionado de educación y (en adición) el superintendente de distrito residente o el director de la escuela no pública, el que sirva como la agencia participante, dentro de los 15 días.

2. Enseñe las materias requeridas. 

La ley exige que los programas de educación en el hogar enseñen estas materias: 

  • Ciencias
  • Matemáticas
  • Idioma
  • Gobierno
  • Historia
  • Salud
  • Lectura
  • Escritura
  • Ortografía
  • La historia de las constituciones de New Hampshire y los Estados Unidos y
  • Una exposición y apreciación del arte y la música.

3. Mantenga buenos registros. 

La ley requiere que un padre que eduque en el hogar mantenga un portafolio de registros y materiales relacionados con el programa de educación en el hogar, compuesto por un registro de los materiales de lectura utilizados y muestras de escritos, hojas de trabajo, libros de trabajo o materiales creativos utilizados o producidos por el niño. Se espera que el padre retenga el portafolio por dos años.

4. Evalúe a su hijo anualmente. 

La ley requiere que los padres evalúen anualmente a los estudiantes en su programa de educación en el hogar. Los padres pueden satisfacer el requisito de evaluación con:

  • una evaluación escrita del progreso educativo realizada por un maestro certificado o un maestro de escuela no pública seleccionado por el padre, preparado después de revisar el portafolio del estudiante y discutirlo con el padre o niño o
  • los resultados de cualquier prueba nacional de rendimiento estudiantil administrada por una persona que cumpla con los requisitos del proveedor o editor, con una calificación compuesta igual o superior al percentil 40 o
  • los resultados de la prueba estatal de evaluación estudiantil utilizada por el distrito residente, con un puntaje compuesto igual o superior al percentil 40 o
  • una evaluación utilizando cualquier otra herramienta de medición válida acordada mutuamente por el padre y la agencia participante. 

Esto es lo que debe hacer con los resultados de la evaluación: 

Los resultados de la evaluación son guardados por los padres y no se envían a la agencia participante. La ley establece que los resultados de la evaluación pueden usarse para demostrar el dominio académico de un niño para participar en programas de escuelas públicas, pero no deben usarse como base para terminar un programa de educación en el hogar y deben proporcionar una base para una relación constructiva entre el padre y el evaluador.

5. Notifique al departamento de educación si gradúa a su estudiante antes de los 18 años. 

La ley reconoce que los padres pueden eximir a un niño menor de 18 años de la asistencia obligatoria si él o ella ha completado un programa de educación en el hogar a nivel de escuela secundaria. La ley permite a los padres “documentar la finalización de un programa de educación en el hogar al nivel de la escuela secundaria mediante la presentación de un certificado o una carta al departamento de educación”. Los miembros de HSLDA pueden usar la carta modelo provista a continuación.

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Carta de compleción de la educación en el hogar dirigida al comisionado en New Hampshire

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