Leyes estatales de escuela en casa

Leyes de Rhode Island

Rhode Island
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La ley de la educación en casa de Rhode Island en un vistazo

  • Opciones para la educación en casa:  Uno
  • Educación obligatoria para las edades:  6–18 (con excepciones)
  • Notificación requerida:  
  • Requisitos para enseñar:  No
  • Materias obligatorias del estado:  
  • Requisitos de evaluación:  No
  • Requisitos de inmunización:  No
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  • No requiere aviso, reglamentación baja
  • Reglamentación baja
  • Reglamentación moderada
  • Reglamentación alta

Cómo educar en casa en Rhode Island

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Cómo responder a un oficial si llega a su puerta (guía para miembros de HSLDA)

Estas recomendaciones le ayudarán a estar preparado en caso de ser contactado por un oficial del gobierno con una acusación de abuso infantil.

Las agencias de Servicios de Protección Infantil («CPS» por sus siglas en inglés) juegan un papel importante y necesario en los casos de negligencia y abuso infantil.

Cualquier persona puede hacer una denuncia ante el CPS si tiene sospechas de que un niño está siendo maltratado o no está recibiendo el cuidado debido por parte de sus padres u otra persona encargada de su bienestar. Entonces, el CPS conduce investigaciones para determinar si hay abuso o no y, de ser necesario, tomar medidas para proteger al menor.

Sin embargo, no todas las denuncias al CPS tienen fundamentos reales. A veces el denunciante puede malinterpretar una situación. Por ejemplo, si usted educa en casa y un vecino ve a sus hijos jugar afuera durante el día, podría asumir que no están recibiendo una educación adecuada porque ve que no están en una escuela tradicional.

También hay personas que están obligadas por ley a reportar sospechas de maltrato o negligencia infantil. Estas personas podrían hacer una denuncia falsa o exagerada de manera intencional, sin evaluar la situación adecuadamente, por temor a enfrentar sanciones o perder sus licencias.

En estos casos, las familias que educan en el hogar podrían ser investigadas, a pesar de que sus hijos se encuentren en un ambiente seguro y reciban un cuido adecuado. 

Estas recomendaciones son exclusivamente para miembros de la Asociación de Defensa Legal para la Educación en Casa («HSLDA» por sus siglas en inglés). Si usted aún no es miembro, le invitamos a conocer más sobre HSLDA y a unirse. Tome en cuenta que estas pautas no constituyen asesoría legal. Son solo recomendaciones generales que podrían o no aplicar a casos específicos.  

Cómo evitar una investigación innecesaria

Como padres educadores en el hogar, es importante tomar ciertas precauciones para proteger a su familia y evitar investigaciones innecesarias. Estas recomendaciones pueden ayudarle a reducir el riesgo de enfrentar una investigación por parte de las autoridades:

Lo que debe y no debe hacer dentro de su hogar:

  1. Mantener su casa y propiedad limpias, ordenadas y en condiciones seguras para sus hijos.   
  2. Enseñar a sus hijos de manera constante y responsable.  
  3. Cumplir con las leyes de educación en casa de su estado y guarde registros del trabajo académico que realizan sus hijos.
  4. Supervisar a sus hijos más pequeños en todo momento y cuidarlos con mucha atención. Recuerde que, en cuestión de segundos, pueden gatear, caminar, correr, caerse o ponerse en peligro.
  5. Evitar cualquier forma de disciplina que pueda considerarse inapropiada.
  6. No dejar a los niños más pequeños solos en casa.
  7. No privar a sus hijos de necesidades básicas como alimento, ropa, un lugar seguro donde vivir y atención médica. Si se le dificulta cubrir estas necesidades, busque ayuda en su comunidad local o considere solicitar una beca de HSLDA Compassion.
  8. Nunca golpear a su hijo y causarle lesiones físicas.  

Lo que debe y no debe hacer fuera de su hogar:

  1. Ser un buen vecino y procurar construir relaciones cordiales y amistosas con las personas que viven cerca.
  2. Mantener una buena relación con el médico de sus hijos. Se recomienda llevar a sus hijos a revisiones médicas regularmente.
  3. En la medida de lo posible, procurar mantener buenas relaciones con su familia extendida. En algunos casos, los conflictos familiares no resueltos han dado lugar a denuncias sin fundamento al CPS.
  4. Evitar la disciplina física o verbal en público.
  5. No privar a sus hijos de oportunidades para socializar, tanto dentro como fuera del entorno familiar, ya que estas interacciones son importantes para un desarrollo saludable.
  6. No dejar a sus hijos más pequeños solos en el carro.

Qué hacer si lo investigan

¿Qué debe hacer si lo visita un investigador del CPS, un policía, un funcionario de ausentismo escolar u otro representante del gobierno por una denuncia de maltrato o negligencia hacia sus hijos? ¿Cómo debería responder si un funcionario le dice que necesita entrar a su casa o entrevistar a los miembros de su familia?

  1. Solicite la identificación del funcionario.
  2. Pregunte cuál es la acusación específica y cómo planean llevar a cabo la investigación.
  3. Mientras los funcionarios permanecen afuera de su casa, llame al 540-338-5600 inmediatamente para llamar a HSLDA. Le orientaremos sobre sus opciones y le ayudaremos a tomar decisiones informadas.  
  4. Si un oficial presenta una orden judicial y le exige el ingreso inmediato a su casa, usted debe obedecer. Lea la orden cuidadosamente para entender sus obligaciones. Cumpla con lo indicado y luego comuníquese con HSLDA tan pronto le sea posible.
  5. Si un funcionario le llama por teléfono, probablemente querrá programar una visita a su hogar. (Es preferible evitar reunirse en la oficina del investigador). Acepte programar una fecha para la visita, evite dar detalles o hacer promesas sobre lo que ocurrirá durante el encuentro. Después de colgar, llame de inmediato a HSLDA al 540-338-5600.

Si no puede llamar a HSLDA, considere lo siguiente.

Las siguientes recomendaciones no constituyen asesoría legal por parte de HSLDA. Para recibir orientación específica según su situación, debe llamarnos y hablar directamente con un abogado.


  1. Sea cortés y respetuoso en todo momento. No pierda la cordura. El enojo no ayudará a resolver la situación y podría resultar en que el oficial llame a más oficiales. Además, en la mayoría de los casos, exigir que el funcionario se retire de su propiedad tampoco ayuda. .
  2. Nunca toque ni se resista físicamente a un funcionario.
  3. Pregunte cuáles son las acusaciones en su contra. No se conforme con respuestas vagas como «abuso físico». Si entiende con claridad de qué se le acusa, podría aclarar la situación rápidamente. Si el funcionario se niega a decirle de qué se le acusa específicamente, lo más prudente es no responder a ninguna pregunta.
  4. Lleve a sus hijos a la puerta para que el funcionario pueda verificar que están seguros y bien cuidados. Esto contribuirá a generar confianza respecto al bienestar de los niños y a evitar cualquier sospecha de maltrato.
  5. Como regla general, no dé su consentimiento para que un funcionario entreviste a sus niños a solas (a menos que el oficial tenga una orden judicial que así lo exija). Considere factores como la naturaleza de las acusaciones en su contra y la edad o el nivel de madurez de sus hijos. Recuerde que lo más recomendable es consultar con un abogado para recibir orientación específica sobre su caso.
  6. En términos generales, no permita que un funcionario entre a su hogar a menos que cuente con una orden judicial que lo autorice. La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos le protege contra inspecciones y allanamientos sin justificación. Sin embargo, en algunos casos, permitir la entrada puede ser estratégico para resolver la investigación rápidamente. Lo mejor es consultar con un abogado para recibir orientación específica según su situación.
  7. Es posible que desee grabar su conversación en video o audio con el funcionario para documentar lo ocurrido, lo cual podría ser útil si el caso llega a la corte. Esto también podría ayudar a que el funcionario mantenga la calma y el profesionalismo. Solo tome en cuenta que si su primera reacción al ver a un investigador de CPS, policía u otro oficial es apuntarles la cámara directamente en el rostro, podría empeorar la situación innecesariamente. Si decide grabar, avise de manera cordial y anticipada que está grabando la conversación y mantenga la cámara visible en todo momento. Recuerde que en algunos estados es un crimen grabar sin el conocimiento de la otra persona.
  8. Si decide no grabar la interacción, considere pedir a un amigo o vecino que esté presente para observar (sin intervenir). Él o ella podría ser un testigo imparcial en caso de ser necesario.

Su membresía de HSLDA le garantiza recibir ayuda inmediata con tan solo una llamada de teléfono si un investigador de CPS, funcionario de ausentismo escolar u otro oficial se comunica con usted. Al inicio de los contactos con las autoridades, explicaremos sus derechos constitucionales y le guiaremos a tomar decisiones informadas sobre cómo responder a la investigación.

Si la investigación se enfoca en la educación en el hogar, podemos representarlo legalmente hasta que el asunto se resuelva. Sin embargo, si la acción judicial involucra temas ajenos a la educación en casa, nuestro apoyo probablemente se limitará a consultas con el abogado que usted haya contratado. 

En el pasado, HSLDA ha decidido (y podría hacerlo nuevamente en el futuro) aceptar casos que no están relacionados directamente con la educación en el hogar, pero que implican una violación a la protección que brinda la Cuarta Enmienda contra inspecciones y allanamientos sin causa justificada. Nos reservamos el derecho de aceptar este tipo de casos a nuestra entera discreción.

 

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