Sí se les permite a los estudiantes de escuelas en casa participar en actividades interescolares de las escuelas públicas.  Arizona Revised Statutes § 15-802.01.

Arizona Revised Statutes § 15-802.01

Niños que estudian en casa; elegibilidad para participar en actividades interescolares

A. Sin perjuicio de cualquier otra ley, se le permitirá hacer una prueba para las actividades interescolares en nombre de la escuela pública, a un niño que reside dentro del área de asistencia de una escuela pública y que recibe enseñanza en el hogar, de la misma manera que un alumno inscrito en esa escuela publica. La  registración, los requisitos de elegibilidad por edad, las cuotas, el seguro, el transporte, la condición física, los requerimientos, las responsabilidades, los horarios de los eventos, las normas de comportamiento y las políticas de desempeño para los estudiantes de escuelas en casa deberán ser consistentes con las políticas establecidas para los estudiantes inscritos en esa escuela pública. La persona que principalmente proporciona la enseñanza a un niño que estudia en casa, debe presentar una verificación que indique:

  1. Si el estudiante tiene calificaciones suficientes para estar aprobando cada curso o materia siendo enseñada.
  2. Si el estudiante está manteniendo un progreso satisfactorio para poder avanzar o ser promovido al siguiente grado. 

B. Un niño que estudia en casa y que anteriormente estuvo inscrito en una escuela, no será elegible para participar en actividades interescolares el resto del año escolar en el cual el niño estuvo inscrito en la escuela. 

C. Un distrito escolar no deberá hacer contratos con ninguna entidad privada que supervise actividades interescolares si la entidad privada prohíbe la participación de niños que estudian en casa en actividades interescolares en escuelas públicas, privadas o escuelas.