Los niños deben asistir a la escuela o cumplir con las leyes de educación en el hogar empezando en el año escolar en el cual cumplan 6 años antes del 1 de septiembre. Deben permanecer en la escuela hasta que cumplan 16 años o terminen el grado 10. Sin embargo, cualquier niño que no haya cumplido 8 años para el 1 de septiembre del ciclo escolar, puede estar exento de la ley de asistencia obligatoria si su padre presenta una declaración jurada al superintendente escolar del condado indicando que el niño no iniciará la enseñanza en el hogar antes de cumplir los 8 años. 

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Arizona, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.