Kentucky
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La ley de la educación en casa de Kentucky en un vistazo

  • Opciones para la educación en casa:  Una
  • Educación obligatoria para las edades:  6–18
  • Notificación requerida:  
  • Requisitos para enseñar:  No
  • Requisitos para enseñar:  
  • Requisitos de evaluación:  No
  • Requisitos de inmunización:  No
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  • No requiere aviso, reglamentación baja
  • Reglamentación baja
  • Reglamentación moderada
  • Reglamentación alta

Cómo educar en casa en Kentucky

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Colorado

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede parar)

La ley de Colorado requiere que cada niño que tenga 6 años de edad en o antes del 1 de agosto del año escolar actual, y que sea menor de 17 años, debe asistir a la escuela. Si una escuela en el hogar funciona bajo el estatuto de educación en el hogar de Colorado (Opción 1), los padres pueden esperar para comenzar la instrucción real hasta que su hijo tenga 7 años; sin embargo, aún deben presentar un aviso de intención a partir del año escolar en el que el niño cumple 6 años antes del 1 de agosto.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Colorado, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.

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Aviso de intención de Colorado

Llene este aviso y envíelo como correo certificado con acuse de recibo (Certified/Return Receipt Requested) a cualquier superintendente de cualquier distrito en Colorado, 14 días antes de iniciar su programa de educación en casa.

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Colorado

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede parar)

La ley de Colorado requiere que cada niño que tenga 6 años de edad en o antes del 1 de agosto del año escolar actual, y que sea menor de 17 años, debe asistir a la escuela. Si una escuela en el hogar funciona bajo el estatuto de educación en el hogar de Colorado (Opción 1), los padres pueden esperar para comenzar la instrucción real hasta que su hijo tenga 7 años; sin embargo, aún deben presentar un aviso de intención a partir del año escolar en el que el niño cumple 6 años antes del 1 de agosto.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre, debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Colorado, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.

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