Los padres de Ohio pueden escoger educar en casa de conformidad con el estatuto de educación en el hogar del estado o como una escuela que no sea charter ni financiada por impuestos («NCNP» por sus siglas en inglés).

Aquí están las opciones:

NOTA: a partir de octubre de 2023, los educadores en el hogar de Ohio operarán bajo una exención de asistencia escolar obligatoria según el recién creado Ohio Revised Code § 3321.042. Puede leer más sobre el cambio aquí. Con este cambio, las regulaciones bajo la Opción 1 se volverán obsoletas. Por favor lea la Opción 1 cuidadosamente para aprender sobre los nuevos requisitos.

Opción 1: Educación en el hogar bajo el estatuto de educación en el hogar de Ohio

Los padres pueden eximir a sus hijos de la asistencia escolar obligatoria al dirigir su educación en las áreas de artes del lenguaje inglés, matemáticas, ciencias, historia, gobierno y estudios sociales. Siga estos pasos para educar en el hogar bajo esta opción:

1. Presente un aviso anual de intención de educar en el hogar antes del 30 de agosto.

Para eximir a un niño, los padres o tutores deben presentar una notificación al superintendente del distrito escolar de residencia antes del 30 agosto de cada año o dentro de los cinco días calendario después de comenzar la educación en el hogar, mudarse a un nuevo distrito escolar o retirarse de una escuela pública o no pública.

La notificación debe contener el nombre y dirección de los padres, el nombre del niño y la garantía de que el niño recibirá educación en las áreas requeridas.

Un formulario de aviso de intención de Ohio está disponible para los miembros de HSLDA abajo. HSLDA recomienda encarecidamente que conserve copias de su notificación, así como de cualquier correspondencia con el distrito escolar. Recomendamos que toda correspondencia con el distrito escolar se realice de manera que asegure se recepción por parte de la escuela. Recomendamos encarecidamente el uso de algún tipo de correo con certificación y acuse de recibo.

La ley establece plazos y requisitos específicos para que los superintendentes proporcionen un reconocimiento por escrito a una notificación de educación en el hogar. Los miembros de HSLDA que no hayan recibido este reconocimiento dentro de los 14 días posteriores a la presentación de su notificación deben comunicarse con nosotros.

2. Enseñar las materias requeridas.

Los programas de educación en el hogar deben enseñar artes del lenguaje inglés, matemáticas, ciencias, historia, gobierno y estudios sociales.

3. No hay requistos de calificación para los maestros, número de horas ni requisitos de evaluación bajo esta opción.

Opción 2: Educación en el hogar como una escuela NCNP

Los padres pueden, por sus creencias religiosas, organizar una escuela NCNP para educar a sus niños. Para usar esta opción: 

1. Asegúrese de tener las calificaciones requeridas.

Los maestros y administradores de una escuela NCNP deben tener al menos una licenciatura, o su equivalente, de una universidad o colegio reconocido.

2. Operar por un número de horas requerido.

Las escuelas NCNP deben operar al menos 455 horas para un jardín de niños a medio tiempo, 910 horas para el jardín de niños (día completo) a grado 6 y 1,001 horas para cada año escolar de los grados 7-12.

3. Enseñar las materias requeridas.

Las escuelas NCNP deben proveer un curso de estudio en las siguientes materias:

  • Artes del Lenguaje
  • Geografía
  • Historia de los Estados Unidos y de Ohio
  • Gobierno Nacional, Estatal y Local
  • Matemáticas
  • Ciencias
  • Salud
  • Educación Física
  • Bellas Artes, incluyendo música
  • Primeros Auxilios, Seguridad y Prevención de Incendios
  • Otras materias según lo prescrito por la escuela

4. Siga los procedimientos regulares para la promoción de grado a grado para los alumnos que hayan cumplido con los requisitos educativos de la escuela.

5. Cumpla con las leyes estatales y locales de salud, incendio y seguridad.

6. Certifique en un informe (llamado «informe a los padres») que la escuela cumple con los estándares mínimos de educación mencionados anteriormente.

También debe presentar una copia al Departamento de Educación y Trabajo de Ohio (ODEW) en o antes del 30 de septiembre de cada año. Un ejemplo de «informe a los padres» y carta de presentación está disponible para los miembros de HSLDA a continuación.

7. Presente un informe sobre la asistencia de su escuela al tesorero de su junta escolar local dentro de las primeras dos semanas del inicio del año escolar.

Los miembros de HSLDA pueden acceder a un formulario de «Informe de Asistencia de la Escuela NCNP» a continuación.

¿Preguntas adicionales? Animamos a los miembros de HSLDA a leer nuestro artículo sobre escuelas no charter ni financiadas por impuestos (NCNP) antes de elegir esta opción.