En California, hay tres opciones bajo las cuales usted legalmente puede enseñar en casa de forma privada. Usted tiene la libertad de escoger la opción que mejor se acople a las necesidades de su familia.
Opción 1: Educar en el hogar como una escuela privada en casa
Para operar su programa de educación en el hogar como una escuela privada en casa, deberá seguir los siguientes requisitos:
1. Presentar una declaración jurada (o afidávit) de escuela privada cada año.
Este formulario debe ser presentado con el superintendente de instrucción pública de California entre el 1 de octubre y el 15 de octubre de cada año escolar. Las escuelas privadas nuevas que empiecen antes del 1 de octubre pueden presentar su declaración jurada inmediatamente después de retirar a su estudiante (aunque no están obligadas a hacerlo hasta el 15 de octubre). Sin embargo, las escuelas privadas nuevas que empiezan después del 15 de octubre deben presentarlo tan pronto sea posible.
Puede acceder al afidávit de escuela privada de California en el sitio web del Departamento de Educación de California. Los miembros de HSLDA pueden obtener más información detallada sobre este formulario aquí.
2. Mantener un registro de asistencia.
3. La enseñanza debe llevarse a cabo en inglés.
4. Los maestros deben tener la capacidad de enseñar.
5. Proveer instrucción en los cursos comúnmente enseñados en las escuelas públicas (por ejemplo, artes del lenguaje, matemáticas, ciencias, estudios sociales, salud y clases de conducir).
6. Mantener registros de inmunización o exención por creencias personales.
7. Mantener una lista del programa de estudios.
8. Mantener una lista de los instructores con sus direcciones y certificaciones.
Opción 2: Educar en el hogar con un programa «satélite» de escuela privada (un «PSP», antes conocido como «ISP» o «escuela sombrilla»)
Un programa satélite de una escuela privada consiste en que la mayor parte de la enseñanza se ofrece en casa. El PSP debe cumplir con todos los requisitos para operar una escuela privada mencionados arriba en «Educar en el hogar como una escuela privada en casa».
Opción 3: Educar en el hogar bajo la instrucción de un tutor privado
Un niño educado por alguien con una certificación para enseñar en California (para el grado que imaprte) se considera exento de asistir a la escuela pública. El niño debe recibir instrucción por lo menos tres horas al día, entre las 8 a. m. y 4 p. m., por 175 días cada año escolar. Las materias que se deben enseñar son las mismas para la opción de la escuela privada y deben impartirse en inglés. El instructor puede ser el padre, siempre y cuando tenga la certificación requerida en California para enseñar. No se requiere que las familias que educan a sus hijos en casa bajo esta opción presenten una declaración jurada de escuela privada o que reporten alguna otra información al estado.
Por favor tome nota: la información en esta página ha sido revisada por un abogado, pero no debe considerarse asesoría legal específica para su situación individual.