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La ley de la educación en casa de Hawaii en un vistazo

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Cómo educar en casa en Hawaii

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Argentina

Estatus legal y recursos sobre la educación en casa en Argentina

Argentina Flag

Edad de educación obligatoria

Desde los 4 años hasta completar los estudios de bachillerato (sin importar la edad)

Estatus legal

No es ilegal, pero no se especifica en la ley. En Argentina, la educación en el hogar no está explícitamente prohibida, por lo que no es ilegal. La práctica educativa tampoco está regulada por una ley específica (como en otros países). Es «alegal» (no está prohibida ni regulada).

Quienes practican la educación en casa están amparados por el artículo 14 de la Constitución argentina, que reconoce el derecho de todos los habitantes a enseñar y aprender.

La Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) regula el ejercicio de los derechos constitucionales de enseñar y aprender y reconoce al Estado como el responsable de garantizar el derecho a la educación. También establece que la familia es el «agente natural y primario» en la educación de los hijos y reconoce el derecho de los padres a elegir la institución educativa que responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas, de acuerdo con los tratados internacionales de los que Argentina es signataria. Asimismo, el actual Código Civil de Argentina determina, en su artículo 646 C, que entre los deberes de los padres se encuentra el de «respetar el derecho del niño y adolescente a ser oído y a participar en su proceso educativo, así como en todo lo referente a sus derechos personalísimos».

Sin embargo, es la misma ley la que establece la obligación de madres y padres de asegurar la asistencia de los hijos a los centros escolares para el cumplimiento de la escolaridad.

Frente a esta tensión legal entre la Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) y la Constitución (además de los tratados internacionales), quienes lleven a cabo los procesos de «educación sin escuela» suelen ampararse en las disposiciones vigentes de la Constitución, respecto al rol primordial de los padres y la familia. Además, existen formas de «educación alternativa» provistos por el sistema educativo formal que permiten acreditar enseñanza formal a quienes no asisten regularmente a la escuela. La figura del «alumno libre» está presente en varios distritos de Argentina, como la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Río Negro, la provincia de Córdoba, entre otras.

En la práctica, la mayoría de las familias educadoras en el hogar son reconocidas como tales y se les permite obtener una certificación oficial como «alumnos libres» en las escuelas públicas mediante una prueba que se realiza una o dos veces al año. Dichas pruebas son gratuitas y se rigen por el currículo oficial dictado por los organismos estatales.

Cabe mencionar que, desde la promulgación de la Ley de Educación Nacional, aprobada en 2006, ha habido varios casos de familias educadoras en casa en los tribunales. Dos de ellos se llevaron a cabo en la provincia de Neuquén. Uno fue favorable para la familia y pudieron continuar educando en casa (el caso de 2008 titulado «V. M. C. y otro. s/ Medida de protección de persona»). El otro determinó que la madre debía reincorporar a su hija a la escuela luego de que ella dejara de asistir porque la madre la estaba educando en casa (el caso de 2016 titulado «DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES C/B.J. S/ACCIÓN DE AMPARO»). Un caso más es el titulado «C. A. R. c/ P. N. B. s/ piezas pertenecientes» de 2019, en el que el padre demandó a la madre por no escolarizar a la menor; el tribunal descartó la alternativa educativa y declaró que la educación en casa no cumple con los requisitos de socialización del menor.

Información de contacto

Educo en casa

Sitio web: ducoencasa.com
Instagram: @educoencasa
Correo electrónico: educoencasa@gmail.com o paula@educoencasa.com
Teléfono: +54-115-118-2137
Cuenta de Skype: Pabelie

Homeschooling Argentina

Homeschool Argentina

Sitio web: www.homeschoolargentina.com
Dirección: Pilar, Argentina
Contacto: Juan Pablo Realini
Correo electrónico: jprealini@gmail.com
Teléfono: +54-911-6335-4087
Cuenta de Skype: jprealini1974

REEVO, Alternative Education Network

Contacto: Franco Iacomella
Correo electrónico: franco@reevo.org

Universidad Nacional del Sur (Argentina)

Contacto: Maite Villegas
Correo electrónico: amaitevillegas@gmail.com

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Estatus legal y recursos sobre la educación en casa en Argentina

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Edad de educación obligatoria

Desde los 4 años hasta completar los estudios de bachillerato (sin importar la edad)

Estatus legal

No es ilegal, pero no se especifica en la ley. En Argentina, la educación en el hogar no está explícitamente prohibida, por lo que no es ilegal. La práctica educativa tampoco está regulada por una ley específica (como en otros países). Es «alegal» (no está prohibida ni regulada).

Quienes practican la educación en casa están amparados por el artículo 14 de la Constitución argentina, que reconoce el derecho de todos los habitantes a enseñar y aprender.

La Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) regula el ejercicio de los derechos constitucionales de enseñar y aprender y reconoce al Estado como el responsable de garantizar el derecho a la educación. También establece que la familia es el «agente natural y primario» en la educación de los hijos y reconoce el derecho de los padres a elegir la institución educativa que responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas, de acuerdo con los tratados internacionales de los que Argentina es signataria. Asimismo, el actual Código Civil de Argentina determina, en su artículo 646 C, que entre los deberes de los padres se encuentra el de «respetar el derecho del niño y adolescente a ser oído y a participar en su proceso educativo, así como en todo lo referente a sus derechos personalísimos».

Sin embargo, es la misma ley la que establece la obligación de madres y padres de asegurar la asistencia de los hijos a los centros escolares para el cumplimiento de la escolaridad.

Frente a esta tensión legal entre la Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) y la Constitución (además de los tratados internacionales), quienes lleven a cabo los procesos de «educación sin escuela» suelen ampararse en las disposiciones vigentes de la Constitución, respecto al rol primordial de los padres y la familia. Además, existen formas de «educación alternativa» provistos por el sistema educativo formal que permiten acreditar enseñanza formal a quienes no asisten regularmente a la escuela. La figura del «alumno libre» está presente en varios distritos de Argentina, como la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Río Negro, la provincia de Córdoba, entre otras.

En la práctica, la mayoría de las familias educadoras en el hogar son reconocidas como tales y se les permite obtener una certificación oficial como «alumnos libres» en las escuelas públicas mediante una prueba que se realiza una o dos veces al año. Dichas pruebas son gratuitas y se rigen por el currículo oficial dictado por los organismos estatales.

Cabe mencionar que, desde la promulgación de la Ley de Educación Nacional, aprobada en 2006, ha habido varios casos de familias educadoras en casa en los tribunales. Dos de ellos se llevaron a cabo en la provincia de Neuquén. Uno fue favorable para la familia y pudieron continuar educando en casa (el caso de 2008 titulado «V. M. C. y otro. s/ Medida de protección de persona»). El otro determinó que la madre debía reincorporar a su hija a la escuela luego de que ella dejara de asistir porque la madre la estaba educando en casa (el caso de 2016 titulado «DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES C/B.J. S/ACCIÓN DE AMPARO»). Un caso más es el titulado «C. A. R. c/ P. N. B. s/ piezas pertenecientes» de 2019, en el que el padre demandó a la madre por no escolarizar a la menor; el tribunal descartó la alternativa educativa y declaró que la educación en casa no cumple con los requisitos de socialización del menor.

Información de contacto

Educo en casa

Sitio web: ducoencasa.com
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Correo electrónico: educoencasa@gmail.com o paula@educoencasa.com
Teléfono: +54-115-118-2137
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Contacto: Maite Villegas
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Desde los 4 años hasta completar los estudios de bachillerato (sin importar la edad)

Estatus legal

No es ilegal, pero no se especifica en la ley. En Argentina, la educación en el hogar no está explícitamente prohibida, por lo que no es ilegal. La práctica educativa tampoco está regulada por una ley específica (como en otros países). Es «alegal» (no está prohibida ni regulada).

Quienes practican la educación en casa están amparados por el artículo 14 de la Constitución argentina, que reconoce el derecho de todos los habitantes a enseñar y aprender.

La Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) regula el ejercicio de los derechos constitucionales de enseñar y aprender y reconoce al Estado como el responsable de garantizar el derecho a la educación. También establece que la familia es el «agente natural y primario» en la educación de los hijos y reconoce el derecho de los padres a elegir la institución educativa que responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas, de acuerdo con los tratados internacionales de los que Argentina es signataria. Asimismo, el actual Código Civil de Argentina determina, en su artículo 646 C, que entre los deberes de los padres se encuentra el de «respetar el derecho del niño y adolescente a ser oído y a participar en su proceso educativo, así como en todo lo referente a sus derechos personalísimos».

Sin embargo, es la misma ley la que establece la obligación de madres y padres de asegurar la asistencia de los hijos a los centros escolares para el cumplimiento de la escolaridad.

Frente a esta tensión legal entre la Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) y la Constitución (además de los tratados internacionales), quienes lleven a cabo los procesos de «educación sin escuela» suelen ampararse en las disposiciones vigentes de la Constitución, respecto al rol primordial de los padres y la familia. Además, existen formas de «educación alternativa» provistos por el sistema educativo formal que permiten acreditar enseñanza formal a quienes no asisten regularmente a la escuela. La figura del «alumno libre» está presente en varios distritos de Argentina, como la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Río Negro, la provincia de Córdoba, entre otras.

En la práctica, la mayoría de las familias educadoras en el hogar son reconocidas como tales y se les permite obtener una certificación oficial como «alumnos libres» en las escuelas públicas mediante una prueba que se realiza una o dos veces al año. Dichas pruebas son gratuitas y se rigen por el currículo oficial dictado por los organismos estatales.

Cabe mencionar que, desde la promulgación de la Ley de Educación Nacional, aprobada en 2006, ha habido varios casos de familias educadoras en casa en los tribunales. Dos de ellos se llevaron a cabo en la provincia de Neuquén. Uno fue favorable para la familia y pudieron continuar educando en casa (el caso de 2008 titulado «V. M. C. y otro. s/ Medida de protección de persona»). El otro determinó que la madre debía reincorporar a su hija a la escuela luego de que ella dejara de asistir porque la madre la estaba educando en casa (el caso de 2016 titulado «DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES C/B.J. S/ACCIÓN DE AMPARO»). Un caso más es el titulado «C. A. R. c/ P. N. B. s/ piezas pertenecientes» de 2019, en el que el padre demandó a la madre por no escolarizar a la menor; el tribunal descartó la alternativa educativa y declaró que la educación en casa no cumple con los requisitos de socialización del menor.

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Desde los 4 años hasta completar los estudios de bachillerato (sin importar la edad)

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No es ilegal, pero no se especifica en la ley. En Argentina, la educación en el hogar no está explícitamente prohibida, por lo que no es ilegal. La práctica educativa tampoco está regulada por una ley específica (como en otros países). Es «alegal» (no está prohibida ni regulada).

Quienes practican la educación en casa están amparados por el artículo 14 de la Constitución argentina, que reconoce el derecho de todos los habitantes a enseñar y aprender.

La Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) regula el ejercicio de los derechos constitucionales de enseñar y aprender y reconoce al Estado como el responsable de garantizar el derecho a la educación. También establece que la familia es el «agente natural y primario» en la educación de los hijos y reconoce el derecho de los padres a elegir la institución educativa que responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas, de acuerdo con los tratados internacionales de los que Argentina es signataria. Asimismo, el actual Código Civil de Argentina determina, en su artículo 646 C, que entre los deberes de los padres se encuentra el de «respetar el derecho del niño y adolescente a ser oído y a participar en su proceso educativo, así como en todo lo referente a sus derechos personalísimos».

Sin embargo, es la misma ley la que establece la obligación de madres y padres de asegurar la asistencia de los hijos a los centros escolares para el cumplimiento de la escolaridad.

Frente a esta tensión legal entre la Ley de Educación Nacional (N.º 26.206) y la Constitución (además de los tratados internacionales), quienes lleven a cabo los procesos de «educación sin escuela» suelen ampararse en las disposiciones vigentes de la Constitución, respecto al rol primordial de los padres y la familia. Además, existen formas de «educación alternativa» provistos por el sistema educativo formal que permiten acreditar enseñanza formal a quienes no asisten regularmente a la escuela. La figura del «alumno libre» está presente en varios distritos de Argentina, como la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Río Negro, la provincia de Córdoba, entre otras.

En la práctica, la mayoría de las familias educadoras en el hogar son reconocidas como tales y se les permite obtener una certificación oficial como «alumnos libres» en las escuelas públicas mediante una prueba que se realiza una o dos veces al año. Dichas pruebas son gratuitas y se rigen por el currículo oficial dictado por los organismos estatales.

Cabe mencionar que, desde la promulgación de la Ley de Educación Nacional, aprobada en 2006, ha habido varios casos de familias educadoras en casa en los tribunales. Dos de ellos se llevaron a cabo en la provincia de Neuquén. Uno fue favorable para la familia y pudieron continuar educando en casa (el caso de 2008 titulado «V. M. C. y otro. s/ Medida de protección de persona»). El otro determinó que la madre debía reincorporar a su hija a la escuela luego de que ella dejara de asistir porque la madre la estaba educando en casa (el caso de 2016 titulado «DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES C/B.J. S/ACCIÓN DE AMPARO»). Un caso más es el titulado «C. A. R. c/ P. N. B. s/ piezas pertenecientes» de 2019, en el que el padre demandó a la madre por no escolarizar a la menor; el tribunal descartó la alternativa educativa y declaró que la educación en casa no cumple con los requisitos de socialización del menor.

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