Georgia
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La ley de la educación en casa de Georgia en un vistazo

  • Opciones para la educación en casa:  Una
  • Educación obligatoria para las edades:  6–16
  • Notificación requerida:  
  • Requisitos para enseñar:  
  • Materias obligatorias del estado:  
  • Requisitos de evaluación:  
  • Requisitos de inmunización:  No
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  • No requiere aviso, reglamentación baja
  • Reglamentación baja
  • Reglamentación moderada
  • Reglamentación alta

Cómo educar en casa en Georgia

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Arkansas

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede dejar de hacerlo).

La ley en Arkansas requiere que los niños que tengan entre 5 y 17 años a partir del 1 de agosto asistan a la escuela. Si un niño no ha cumplido 6 años para el 1 de agosto, los padres pueden renunciar a los requisitos de asistencia por un año. Sin embargo, el padre debe presentar una exención de kínder usando un formulario del Departamento de Educación. Cualquier joven quien ha recibido su diploma de la escuela secundaria o su equivalente ya no está sujeto a la ley de asistencia obligatoria.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Arkansas, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.

¿Qué está pasando en Georgia?

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Arkansas

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede dejar de hacerlo).

La ley en Arkansas requiere que los niños que tengan entre 5 y 17 años a partir del 1 de agosto asistan a la escuela. Si un niño no ha cumplido 6 años para el 1 de agosto, los padres pueden renunciar a los requisitos de asistencia por un año. Sin embargo, el padre debe presentar una exención de kínder usando un formulario del Departamento de Educación. Cualquier joven quien ha recibido su diploma de la escuela secundaria o su equivalente ya no está sujeto a la ley de asistencia obligatoria.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Arkansas, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Arkansas

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede dejar de hacerlo).

La ley en Arkansas requiere que los niños que tengan entre 5 y 17 años a partir del 1 de agosto asistan a la escuela. Si un niño no ha cumplido 6 años para el 1 de agosto, los padres pueden renunciar a los requisitos de asistencia por un año. Sin embargo, el padre debe presentar una exención de kínder usando un formulario del Departamento de Educación. Cualquier joven quien ha recibido su diploma de la escuela secundaria o su equivalente ya no está sujeto a la ley de asistencia obligatoria.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Arkansas, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.

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Edad de asistencia escolar obligatoria en Arkansas

Cuándo debe empezar a educar en casa (y cuándo puede dejar de hacerlo).

La ley en Arkansas requiere que los niños que tengan entre 5 y 17 años a partir del 1 de agosto asistan a la escuela. Si un niño no ha cumplido 6 años para el 1 de agosto, los padres pueden renunciar a los requisitos de asistencia por un año. Sin embargo, el padre debe presentar una exención de kínder usando un formulario del Departamento de Educación. Cualquier joven quien ha recibido su diploma de la escuela secundaria o su equivalente ya no está sujeto a la ley de asistencia obligatoria.

HSLDA opina que un diploma y expediente académico emitidos por el padre debieran ser suficientes para demostrar que el niño ha completado una educación secundaria. Sin embargo, si su hijo ya superó la edad de asistencia escolar obligatoria, puede haber situaciones en las que desee seguir los requisitos legales de la educación en el hogar en Arkansas, hasta que su hijo se gradúe de la secundaria (presentar un aviso de educación en el hogar, mantener registros de asistencia y otros registros, etc.).

En algunas situaciones le podrán pedir estos registros, como para obtener una licencia para conducir si su hijo es menor de edad, para alistarse en el ejército, al solicitar admisión en la universidad o para demostrar su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Si usted es miembro de HSLDA y le gustaría recibir detalles adicionales, por favor comuníquese con nosotros.